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AsuntoJurídico

Autorización para salir del país con un menor

Autorización para salir del país con un menor, esta es una medida de resguardo. Se establece con la finalidad de proteger a los menores y sus relaciones de familia. consiste en un claro ejemplo del sentido proteccionista de nuestra regulación en familia.

Esta autorización es un requisito fundamental para que un menor de 18 años pueda salir fuera de nuestro país.

Todos los menores de 18 deben tener esta autorización para realizar viajes fuera de nuestro territorio nacional.

Necesitas asesoría de este y otros temas.

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EL MENOR DE EDAD QUE VIAJA SOLO.

Los menores de 18 años de edad, que deseen viajar solos fuera del territorio nacional deben ser autorizados por ambos padres.

Esta autorización se otorga por escritura pública suscrita en notaria.

EL MENOR DE EDAD QUE VIAJA SIN SUS PADRES.

Esta es una situación que se da cuando el menor de 18 años sale de viajes con sus tíos o abuelos, se necesita al igual que en el caso anterior de una autorización para salir del país suscrita ante notario por escritura pública.

EL MENOR DE EDAD QUE VIAJA SOLO CON UNO DE SUS PADRES.

El padre que no acompaña al menor en el viaje debe firmar una autorización ante notario por escritura pública permitiendo su salida al extranjero.

Recordar que siempre que si viaja fuera de Chile debe presentar en el lugar de destino su pasaporte y/o cédula de identidad (algunos pauses de latino américa).

Si la madre o el padre del menor han fallecido, se debe presentar el certificado de defunción.

EL MENOR DE EDAD QUE VIAJA CON AMBOS PADRES

Basta que presenten a Policía Internacional la libreta de familia o certificado de nacimiento donde figuren sus nombres de los padres.

Además, se requiere presentar el pasaporte con la visa si corresponde, como toda persona que sale del país, salvo que se trate de aquellos países con quienes existe acuerdo para ingresar sólo con cédula de identidad.

 EL CASO DEL PADRE O MADRE QUE NEGÓ JUDICIALMENTE AL RECONOCIMIENTO DE LA FILIACIÓN DEL MENOR.

Cuando la filiación ha sido decretada judicialmente con oposición de padre o madre, quedaran privados de la patria y potestad.

Esto se declara por el juez en la sentencia judicial y se deja constancia en la subinscripción correspondiente.

Esto quiere decir, que ese padre o madre que se haya negado a reconocer la filiación en tribunales queda impedido de ejercer la patria y potestad, o sea se puede salir con el menor sin requerir de su autorización.

NOTA ADICIONAL

De regreso a Chile, debe ser presentada la misma autorización de viaje utilizada para salir del país hacia el extranjero. Por lo anterior, debes solicitar al Notario todos los permisos en TRIPLICADO y conservar al menos un original hasta el regreso.

PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN PARA SALIR DEL PAÍS CON UN MENOR EN LOS JUZGADOS DE FAMILIA.

Es una solicitud que se realiza en el Juzgado de Familia competente, quien citará al otro progenitor o quien corresponda entregar la información.

Si no comparece quien deba dar la autorización para salir del país, el juez puede pronunciarse de inmediato respecto de esta solicitud.

AUTORIZACIÓN PARA SALIR DEL PAÍS CON UN MENOR – OTRAS ALTERNATIVAS

Por lo general los padres que tienen una buena comunicación pueden a través de la suscripción de escrituras públicas entregar de común acuerdo las autorizaciones para que sus hijos menores de edad puedan salir del país.

Es recomendable que esta escritura sea confeccionada por un abogado de familia para evitar cualquier complejidad al momento de emprender el viaje.

AUTORIZACIÓN PARA SALIR DEL PAÍS – ¿A QUIEN SE LE SOLICITA?

En el caso de que no exista cuidado personal o tuición conferida, serán los padres quienes deban acceder a esta autorización.

Si existe Cuidado Personal otorgado por decisión judicial, la autorización deberá entregarla quien tenga el cuidado personal.

Si se otorgó tuición y además está regulado el derecho de relación directa y regular o visitas la autorización debe entregarse por quien tiene este derecho.

AUTORIZACIÓN PARA SALIR DEL PAÍS – ¿QUÉ DEBE SEÑALAR CON UN MENOR?

La época en que se efectuará el viaje.

El tiempo por el cual se autoriza. En caso de que no se especifique tiempo se entenderá que es por un máximo de 90 días. Si se realiza judicialmente, el plazo estará señalado en la sentencia que otorga la autorización.

En el caso de que sea por un periodo mayor a los 90 días, por ejemplo en caso de estudio de intercambio, se debe señalar el beneficio para el menor.

PLAZO DE VALIDEZ DE LA AUTORIZACIÓN PARA SALIR DEL PAÍS CON UN MENOR.

De la misma forma que punto anterior, si no se especifica expresamente se entiende que es por un período de 90 días.

¿QUÉ PASA SI MI HIJO NO VUELVE CUMPLIDO EL PLAZO?

Esta es una situación cada día menos excepcional.

Si el menor no vuelve dentro del plazo se pueden iniciar acciones legales tendientes a lograr que vuelva.

Además si usted que autorizó el viaje está obligado al pago de pensión de alimentos, debe solicitar en tribunales que se decrete la suspensión de los mismos.

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