En Chile no existe una Ley de Divorcio, se le conoce así a la Ley de Matrimonio Civil que regula e el matrimonio, la forma en que se celebra, sus consecuencias y la forma en que termina.

A continuación te mostraremos como regula esta legislación el divorcio, que tipos existen y cuales son sus efectos.
Antecedentes de la Ley de Divorcio
La ley de matrimonio Civil rige en Chile desde noviembre del año 2004, sustituyendo la antigua legislación de los años 80 introduciendo importantes cambios en la legislación Chilena.
El cambio más significativo que introdujo esta legislación, es la instauración de un mecanismo de término de la relación matrimonial conocido como el Divorcio.
¿Qué es el Divorcio?
Es una causa de término del vínculo matrimonial declarada por un juez a través de una sentencia judicial.
Así es, ademas la ley indica que sólo produce efectos entre los cónyuges desde que quede ejecutoriada la sentencia que lo declare.
Esto en la práctica se lleva a cabo una vez que se inscribe la sentencia, debidamente certificada en el registro civil.
¿Qué tipos de Divorcio existen?
Normalmente se confunde la forma en que solicita en los tribunales con los tipos de divorcio que estable la ley. En la normativa se establece dos tipos que revisaremos a continuación.
Divorcio Sanción
Se le conoce como divorcio por culpa y se puede solicitar en el caso que uno de los cónyuges incurra en una falta o violación grave a las obligaciones que le impone el matrimonio.
Los ejemplos mas clásicos de las causas son la infidelidad, violencia física o psicológica, el alcoholismo y la drogadicción.
Deben ser tan graves o reiterados estos hechos que quiebre el vínculo entre la pareja.
Divorcio Remedio
Es aquel que se declara producto de la ruptura de la relación matrimonial de forma irremediable. Generalmente se le conoce como divorcio unilateral o de mutuo acuerdo.
Procede cuando se cumple con los requisitos del quiebre en la vida común, cese de convivencia y el cumplimiento de un plazo que va entre uno a tres años.
¿Qué efectos produce el Divorcio?
En primer lugar el término del vínculo matrimonial, lo que tiene consecuencias jurídicas ya que las obligaciones del matrimonio desaparece.
De esta forma ya no persisten el deber de auxilio mutuo o el de fidelidad. Por otra parte, cesan los derechos hereditarios y de alimentos entre los cónyuges y desaparece la sociedad conyugal (solo para quienes se hayan casado bajo este régimen patrimonial)
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